Que bienes pueden ser objeto de un contrato de prestamo?

¿Qué bienes pueden ser objeto de un contrato de prestamo?

Puede tener por objeto bienes muebles o inmuebles, siempre que no sean cosas fungibles, aunque tal expresión debe considerarse referida más que a la sustituibilidad del bien, a que no se consuma por el uso (de igual modo que en el artículo 337 del Código Civil).

¿Cuál es el objeto del contrato de préstamo mercantil?

El contrato de préstamo mercantil es aquel donde una de las partes el prestador entregar al prestatario bienes fungibles ( títulos o valores, dinero o mercancías) y éste se obliga a restituir otro tanto de la misma especie y calidad en los términos pactados y en caso de mora a pagar un interés convencional o legal.

LEA TAMBIÉN:   Cuando operarse de rodilla?

¿Qué es un contrato de préstamo?

El contrato se encuentra adaptado para el caso de que exista más de una persona que preste el objeto, o más de una persona que reciba el objeto en préstamo, independientemente de si se trata de personas físicas o personas morales.

¿Qué es un acuerdo de préstamo?

Este tipo de acuerdo suele darse entre personas que se tienen confianza, como por ejemplo familiares o amigos. Asimismo, en el contrato deberá quedar estipulada la duración del préstamo, así como si se pagará en parcialidades o en una sola exhibición.

¿Cuáles son los diferentes tipos de contratos de préstamos de dinero?

Solo existen dos tipos y que van de acuerdo a lo que se quiera lograr con la negociación: El primero es el más común, es decir, el contrato de préstamos de dinero. Este es un documento en el cual una de las partes presta cierta cantidad de dinero a la otra.

¿Cuáles son las figuras jurídicas de un contrato de préstamo de dinero?

En este contrato hay dos figuras jurídicas: el prestamista y el prestatario. Algunos ejemplos comúnes de contrato de préstamo de dinero son: el bancario (cuando solicitas un crédito) y el de particulares (cuando una persona física te presta una cantidad importante de dinero y quiere tener una garantía de pago).