Quien puede firmar un contrato en nombre de una sociedad?

¿Quién puede firmar un contrato en nombre de una sociedad?

Los particulares o autónomos actuando en su propio nombre como titulares del punto de suministro; acompañados de fotocopia del DNI actualizado. Los administradores o apoderados de las empresas actuando en representación de las mismas; acompañados de DNI, CIF de empresa y poderes de representación.

¿Quién debe firmar los contratos de una empresa?

Los contratos obligan a quienes ya sea de forma personal, ya sea a través de otra persona debidamente representada , firman y suscriben el contrato. cuenta las siguientes precauciones: 1) Que quién firma tiene poder suficiente para celebrar el acto en cuestión. Si es el administrador de la sociedad será suficiente.

¿Qué pasa si en el contrato la firma es de una persona y los datos de otra?

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Si en el contrato la firma es de una persona y los datos de otra, y se incumple. ¿Qué pasa? Dberíamos examinar el contrato y la relación contractual para poder identificar respecto a con quién se estaba contratando realmente. Contacta con nuestro despacho y podremos estudiar con mayor detalle y profundidad tu asunto.

¿Qué precauciones debemos tener en cuenta si firmamos un contrato con una empresa?

Los contratos obligan a quienes ya sea de forma personal, ya sea a través de otra persona debidamente representada, firman y suscriben el contrato. Si firmamos algún contrato con una empresa será importante asegurarnos y tener en cuenta las siguientes precauciones: 1) Que quién firma tiene poder suficiente para celebrar el acto en cuestión.

¿Qué pasa si la empresa no ha autorizado a celebrar un contrato?

Si la empresa no habñia autorizado a celebrar ese contrato, y por actos posteriores (aceptación de renta, comunicaciones, etc..) no se desprende de que ratificase ese contrato, en principio el contrato no sería válido. De todos modos, contacte con nuestro despacho.

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¿Quién puede firmar el contrato de alquiler como arrendadora?

No sé si están en gananciales, que es lo habitual. ¿Puede, uno de ellos firmar el contrato de alquiler como arrendadora? Si el contrato de arrendamiento es por periodo inferior a 6 años, se considera un acto de administración, por lo que en principio, lo podría firmar cualquier copropietario.