Quien preside la Audiencia Provincial?

¿Quién preside la Audiencia Provincial?

Audiencia Provincial de Madrid
Fundación 1870
Jurisdicción Comunidad de Madrid
Sede Calle Santiago de Compostela, 96, Madrid, España
Presidente Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

¿Cuántos jueces hay en la Audiencia Provincial?

Las Audiencias Provinciales se componen de un presidente y dos o mas magistrados. Conocerán de los órdenes civil y penal, pudiendo existir secciones con la misma composición.

¿Quién es el juez de control de garantías?

El Juez de Control de Garantías. Tiene como función esencial controlar que los actos de investigación desarrollados por la policía judicial, en cumplimiento de las órdenes emitidas por el fiscal director de la misma, que impliquen limitaciones a los derechos fundamentales se ajusten a la Constitución y a la ley.

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¿Cuántos jueces hay en la Audiencia Nacional?

Está integrada por ocho miembros: el presidente de la Audiencia Nacional y los presidentes de las tres Salas (los cuatro, miembros natos), tres miembros elegidos por los magistrados de la Audiencia Nacional y el secretario de gobierno (con voz y voto solamente en los asuntos concernientes a secretarios judiciales o …

¿Qué es la Audiencia de juicio oral?

La audiencia de juicio oral En la fecha señalada en la audiencia preparatoria, el juez debe instalar la audiencia de juicio oral, previa verificación de la asistencia de las partes. Las características del juicio son: público, oral, con inmediación de pruebas, concentrado y contradictorio.

¿Cuándo se suspende la audiencia?

La regla general es que la audiencia sea continua. Sin embargo, podrá ser suspendida, cuando se presenten situaciones sobrevinientes de manifiesta gravedad, sin que exista otra alternativa viable. En este caso, la audienc podrá suspenderse por el tiempo que dure la situación sobreviniente.

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¿Qué es la solicitud de audiencia para la formalización de la investigación?

La solicitud de audiencia para la formalización de la investigación se regula en el artículo 231 del Código Procesal Penal. La audiencia misma se regula en el artículo 232 del Código Procesal Penal. La audiencia de formalización de la investigación puede ser pedida tanto por el Ministerio Público, como por el propio imputado.

¿Por qué es necesaria la Audiencia de formalización?

Esta audiencia es necesaria para la validez de la formalización, toda vez que la ley exige la presencia del juez de garantía durante el trámite, en el concepto legal mismo que entrega, y la delegación de las funciones de éste produce la nulidad de las mismas.