Que titulo se necesita para una moto de agua?

¿Qué título se necesita para una moto de agua?

Para llevar motos de agua es necesario tener un título náutico (carnet de moto náutica) y que la moto esté matriculada y asegurada.

¿Cómo sacar el carnet para moto de agua?

Los requisitos para sacar este permiso son:

  1. Edad mínima de 14 años (los menores de edad requieren de un permiso notarial de sus padres o tutores).
  2. Certificado médico que acredite salud compatible con la realización de deportes náuticos.
  3. Cédula de identidad vigente y fotocopia de esta.

¿Cómo reducir el riesgo de las motos acuáticas?

El incremento constante del parque de motos acuáticas y de sus niveles de potencia ha hecho necesario establecer unas normas específicas para reducir el riesgo que su utilización comporta, tanto para quienes las manejan como para los bañistas, en razón de la proximidad a la costa en donde dicha actividad se practica.

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¿Cuáles son los títulos para gobernar motos?

Pues que para poder gobernar motos hay que estar en posesión de alguno de los títulos existentes para el gobierno de embarcaciones de recreo, como el Capitán de Yate, el Patrón de Yate, el Patrón de Embarcaciones de Recreo o el patrón para la Navegación Básica. Nada nuevo.

¿Qué documentos debo tener a bordo de una moto náutica?

Deberá mantener a bordo de la moto náutica Licencia de Navegación entregada por la Capitanía Marítima a su matriculación y la documentación acreditativa de la existencia y vigencia del seguro.

¿Cuáles son las características de las motos que se alquilan?

Las motos que se alquilan estarán registradas y matriculadas en la lista sexta de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 16 de diciembre de 1998, y su potencia máxima, utilizadas en las modalidades de circuito o excursiones colectivas, en navegación estará limitada a 60 CV. Además, deberán contar con la siguiente infraestructura: