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¿Qué produce la separación matrimonial?
La separación matrimonial produce ( artículo 83 del Código Civil ): La suspensión de la vida en común de los casados. El cese de la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. ¿Buscas abogado especialista en derecho de familia?
¿Se puede tramitar la separación antes que el divorcio?
¿Debo tramitar la separación antes que el divorcio? No. Puede acudir directamente al divorcio sin necesidad de la previa separación de hecho o judicial. No obstante, se mantiene la separación para aquellos casos en los que los cónyuges decidan interrumpir temporalmente su matrimonio, sin optar por la disolución definitiva.
¿Qué es el divorcio y cómo puedo volver a casar?
Con el divorcio, además de poner fin a la convivencia se extingue el vínculo lo que permite que los cónyuges puedan volver se a casar. El tramite para la separación se encuentra regulado en los art. 748 y siguientes de la LEC
¿Cuáles son los trámites de separacion?
Los trámites de la separacion son: >Presentación de la demanda más documentos justificativos de la situación económica de los cónyuges y certificados de Matrimonio y de los hijos. >Citación a Juicio de las partes que deben acudir con Abogado y Procurador y la intervención del Ministerio Fiscal si hay hijos menores.
¿Qué es la separación de bienes después del matrimonio?
Separación de bienes después del matrimonio. El régimen económico matrimonial de separación de bienes según el art. 1437 del Código Civil, es que los “ bienes pertenecerán a cada cónyuge que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título.
¿Cuáles son los requisitos para tramitar la separación matrimonial ante notario?
Los requisitos para poder tramitar la separación matrimonial ante Notario son los siguientes (artículo 82 del Código Civil): Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. Que exista mutuo acuerdo de los cónyuges para la separación matrimonio.
¿Qué es el régimen económico matrimonial de separación de bienes?
El régimen económico matrimonial de separación de bienes según el art. 1437 del Código Civil, es que los “ bienes pertenecerán a cada cónyuge que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título. Asimismo corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes“.