¿Qué pasa con el Seguro si renunció a mi trabajo?
También se puede contratar el IMSS por fuera Si una persona es despedida o renuncia a su trabajo puede seguir teniendo asistencia médica contratando un Seguro de Salud, el cual tiene un costo por persona y se calcula dependiendo de la edad de la persona que se quiera asegurar.
¿Cuánto tiempo dura el seguro después de renunciar?
Si cubriste sin interrupción un mínimo de ocho cotizaciones semanales antes de perder tu trabajo, tú y tus beneficiarios tienen derecho a recibir asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria durante las ocho semanas posteriores a tu baja del empleo.
¿Cuánto le corresponde a un trabajador por renuncia voluntaria?
¿Cuánto toca de finiquito? Esta prestación es el pago proporcional, de acuerdo al tiempo trabajado, de quince días de aguinaldo, 6 días de vacaciones (si es el primer año de trabajo), la prima vacacional y los salarios pendientes de cubrir.
¿Qué pasa si no recibo la aprobación de la oficina local de desempleo?
Aunque no lo creas, pueden negarte los beneficios si asistes a la escuela o la universidad, o te capacitas a tiempo completo sin recibir aprobación de tu oficina local de desempleo.
¿Cuándo puedo recibir beneficios por desempleo?
Siempre y cuando la cantidad que hayas ganado satisfaga los requisitos mínimos de tu estado para ingresos, por regla general tendrás derecho a recibir beneficios por desempleo.
¿Por qué no hay situación legal de desempleo parcial?
El Servicio Público de Empleo entiende que no hay situación legal de desempleo parcial si el trabajo del nuevo contrato es el mismo que se venía haciendo antes a jornada completa. En la empresa en la que trabajo a jornada completa se me acaba el contrato, pero me quieren hacer otro contrato a tiempo parcial.
¿Quién puede tramitar elseguro por desempleo?
Soy trabajador/trabajadora agrario ¿Puedo tramitar el Seguro por Desempleo? Sí, los trabajadores y trabajadoras del Régimen Rural que se encuentren en situación legal de desempleo pueden tramitar el Seguro por Desempleo según lo establecido en la Ley 25.191.