Que dice el articulo 100 del Codigo tributario?

¿Qué dice el artículo 100 del Código tributario?

En efecto, el artículo 100 del Código Tributario establece que: “El contador que al confeccionar o firmar cualquier declaración o balance o que como encargado de la contabilidad de un contribuyente incurriere en falsedad o actos dolosos, será sancionado con multa de una a diez unidades tributarias anuales y podrá ser …

¿Qué dice el Código tributario de los tributos?

Los tributos, cualesquiera que sea su naturaleza, los recargos, los intereses y las multas, en materia tributaria, gozan del derecho general de privilegio sobre todos los bienes del deudor y tendrán, aún en caso de quiebra o liquidación, prelación para el pago sobre los demás créditos.

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¿Qué sanciones podria tener un contador según el Código Tributario Ver articulos 100 y 101?

El contador que al confeccionar o firmar cualquier declaración o balance o que como encargado de la contabilidad de un contribuyente incurriere en falsedad o actos dolosos, será sancionado con multa de una a diez unidades tributarias anuales y podrá ser castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo, según …

¿Qué contiene el Decreto Ley 830?

5º. – Disponer la colocación de afiches, carteles y letreros alusivos a impuestos o a cumplimiento tributario, en locales y establecimientos de servicios públicos e industriales y comerciales. Será obligatorio para los contribuyentes su colocación y exhibición en el lugar que prudencialmente determine el Servicio.

¿Qué es el código tributario español?

El Código Tributario recopila las principales normas de ámbito fiscal y tributario de nuestro ordenamiento jurídico, con textos íntegros y vigentes de las normas, concordados y con notas de vigencia. Incluye un índice analítico con el que podrá localizar rápidamente la información a través de conceptos.

¿Qué dice el artículo 3 del Código Tributario?

Artículo 3. – La Administración Tributaria y sus dependencias cumplen una doble función: orientar a los sujetos pasivos en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y verificar dicho cumplimiento.

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¿Qué sanciones contempla el Código Orgánico Tributario para los ilicitos tributarios?

prisión, multa, comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo, clausura temporal del establecimiento o áreas del mismo; Inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones y suspensión o revocación de la autorización de industrias o expendios.

¿Qué pasa si un contador no entrega la contabilidad?

El contador no debe rehusarse a suministrarle al cliente la información que maneja de este; de hacerlo, se podría interponer una queja ante la JCC que daría lugar a sanción. Lo recomendable es firmar un contrato entre las partes exponiendo claramente la forma y la fecha del pago que recibirá el contador.

¿Qué pasa si pago la deuda tributaria después de la fecha establecida al efecto?

El artículo 116 del MCTAL señala que “Incurre en mora el que paga la deuda tributaria después de la fecha establecida al efecto, sin haber obtenido antes de tal fecha la prórroga que permite el artículo 46 del MCTAL”, esto es que las prórrogas y demás facilidades deben solicitarse antes del vencimiento del plazo para el pago.

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¿Qué pasa si no cubre la totalidad de la deuda tributaria?

Esto no sucede en materia tributaria, ya que el artículo 37° del Código Tributario vigente establece que “El órgano competente para recibir el pago no podrá negarse a admitirlo, aún cuando no cubra la totalidad de la deuda tributaria…”.

¿Cómo extinguir una deuda tributaria?

Cinco formas de extinguir una deuda tributaria. La normativa tributaria regula cinco formas diferentes de extinción de una deuda u obligación tributaria, como dispone al efecto el artículo 59 de la Ley General Tributaria (LGT): el pago, la prescripción, la compensación, la condonación y la baja provisional por insolvencia. 1.

¿Qué pasa si el deudor efectúa un pago no debido al acreedor tributario?

Por otro lado, si el deudor efectúa un pago no debido al acreedor tributario, puede repetir contra éste. Si es un tercero quien realiza el pago no debido, el Tribunal Fiscal ha establecido que sólo el deudor tributario puede pedir la devolución y no un tercero ajeno a la relación jurídico tributaria.