Que es una copia con caracter ejecutivo?

¿Qué es una copia con carácter ejecutivo?

«A los efectos del artículo 517.2.4º de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, se considera título ejecutivo aquella copia que el interesado solicite que se le expida con tal carácter. Expedida dicha copia el notario insertará mediante nota en la matriz su fecha de expedición e interesado que la pidió.

¿Qué es un carácter ejecutivo?

Proveniente de la familia de un verbo latino que significa “cumplir” o “consumar”, el término ejecutivo se refiere a aquello que no permite que se difiera su ejecución.

¿Cuál es la primera copia de una escritura?

En relación con estos últimos, la ley distingue la escritura matriz de la primera copia. La primera es la original que el notario redacta sobre el contrato o acto sometido a su autorización, y debe ir firmada por los otorgantes y los testigos, y firmada y signada por el mismo Notario.

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¿Cuál es la diferencia entre el tratado y el Acuerdo Ejecutivo?

¿Cuál es la diferencia entre el Tratado y el Acuerdo Ejecutivo? lo diferencia principal entre el tratado y el acuerdo ejecutivo e que tratado e un acuerdo formal firmado, ratificado y vinculante entre etado oberano y organizacione internacionale, mientra que un ac

¿Qué pasa si una parte incumple el pacto firmado?

Esto significa que si una parte incumple el acuerdo, la otra podría recurrir a la vía judicial directamente para pedir el cumplimiento del pacto firmado, reduciendo mucho los plazos al obtener una mayor seguridad jurídica en este sentido.

¿Qué es un acuerdo en Derecho Administrativo?

En derecho administrativo es una resolución unilateral, decisión de carácter ejecutivo unipersonal, pluripersonal o un acto de naturaleza reglamentaria. Doctrina, Legislación y Jurisprudencia. Primer Curso Una aproximación a Acuerdo podría ser la siguiente:

¿Cuál es la definición de un acuerdo?

Definición de Acuerdo (Agreement en Ingles) publicada por Victor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Tiene la característica de ser un instrumento jurídico simplificado, de conclusión inmediata y lo realiza directamente el ejecutivo. A través de comunicados se demuestra generalmente su evidencia.