Cual es la obligacion del avalista?

¿Cuál es la obligación del avalista?

La principal obligación del avalista consiste en hacer frente a los compromisos que ha contraído el avalado ante terceros. Si el avalado incurre en impagos de la deuda o no cumple con las condiciones del contrato, faltando a los servicios pactados, el avalista tendrá que asumir el coste económico.

¿Qué es un aval dentro de una empresa?

El aval es un contrato en el que se refleja el compromiso de cumplimiento de ciertas obligaciones ante un tercero. En práctica, una persona o entidad se compromete a garantizar tu deuda o las obligaciones no dinerarias que hayas contraído ante el acreedor, ya se trate de un banco, la Administración u otra empresa.

¿Cómo se constituye un aval?

Cómo se otorga o constituye el aval Se expresará con la formula «por aval» u otra equivalente y deberá llevar la firma de quien lo presta. La sola firma puesta en el título, cuando no se le pueda atribuir otra significación se tendrá como firma de avalista.

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¿Qué es un avalista y cuáles son sus funciones?

El avalista, con su solvencia (con su dinero y sus bienes), fía al inquilino ante posibles incumplimientos de las obligaciones por parte de éste (del inquilino). De ahí que lo que en realidad conocemos como «avalista» en realidad jurídicamente se llama «fiador» (porque fía al inquilino).

¿Quién responde del cumplimiento de las obligaciones del avalista?

Por último, debemos tener presente que del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor “con todos sus bienes, presentes y futuros”, es decir, tras el fallecimiento del avalista, serán los correspondientes herederos del causante quienes asuman dichas obligaciones. ¿Mejor hipoteca o fianza?

¿Cuáles son los derechos de un avalista?

En la práctica, las entidades de crédito exigen la solidaridad de la fianza, por lo que el avalista se ve excluido de estos derechos de excusión, orden, división, y por tanto, puede ser requerido en el pago al mismo tiempo que el deudor principal, y no de forma subsidiaria como prevé el Código Civil. Un ejemplo de dicha cláusula sería ésta:

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¿Qué pasaría si el avalista falleciera?

Si el avalista que tiene que hacer frente a la deuda impagada también falleciera, esta deuda acabaría formando parte de sus herederos, que también tendrán que hacer frente a la situación de impago en las mismas condiciones que hubiera firmado en su día el hipotecado.