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¿Cómo se nombra al Fiscal General de la Republica?
El Senado, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes dentro del plazo de diez días.
¿Cuántos años se necesita para ser fiscal?
1. Ser mayor de cuarenta y cinco (45) años. 2. Si es magistrado, haber ejercido el cargo de fiscal superior titular o fiscal adjunto supremo cuando menos diez (10) años y si no lo es, haber ejercido la abogacía o desempeñado docencia universitaria en materia jurídica por quince (15) años.
¿Cómo llegar a ser Fiscal General?
¿Cuáles son los requisitos para ser fiscal?
- Tener ciudadanía mexicana.
- Edad mínima de 35 años.
- Título y cédula profesional de licenciatura en Derecho y cinco años o más de experiencia.
- Hacer pública la declaración 3 de 3.
- Acreditar filtros de confianza.
¿Quién sustituye a un fiscal de distrito?
En caso de renuncia, remoción, impedimento, suspensión, falta o ausencia temporal del Fiscal General de la República, este será sustituido por el que designe el Consejo del Ministerio Público entre los fiscales de distrito.
¿Qué hacer en caso de remoción del jefe de gobierno del Distrito Federal?
En caso de remoción del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, corresponde a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, nombrar a propuesta del Presidente de la República, al sustituto que concluya el mandato, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
¿Cómo se puede remover el jefe de gobierno del Distrito Federal?
El Jefe de Gobierno del Distrito Federal podrá ser removido de su cargo por la Cámara de Senadores, o en sus recesos por la Comisión Permanente, por causas graves que afecten las relaciones con los Poderes de la Unión o el orden público en el Distrito Federal.
¿Cuándo se convoca la nómina de candidatos a Fiscal General de la Republica?
«El Presidente de la Comisión de Postulación convocará, a los demás miembros, con no menos de treinta días de anticipación al vencimiento del período vigente, a efecto, de elaborar la nómina de candidatos a Fiscal General de la República.