Como inicia el procedimiento de conciliacion?

¿Cómo inicia el procedimiento de conciliación?

El procedimiento de conciliación inicia con la presentación de la solicitud de conciliación por escrito o vía electrónica ante el centro de conciliación competente. La solicitud puede presentarse de forma individual o en forma conjunta.

¿Qué es el procedimiento de conciliación prejudicial?

El propósito del procedimiento de conciliación prejudicial es que los conflictos individuales y colectivos del trabajo sean resueltos con celeridad. Este procedimiento de acuerdo con la ley tiene una duración de 45 días naturales.

¿Quién debe comparecer en el proceso de conciliación cuando se trata de una empresa o sindicato?

Podrá asistir acompañado por una persona de su confianza, pero no se reconocerá a ésta como apoderado, por tratarse de un procedimiento de conciliación y no de un juicio; no obstante, el trabajador también podrá ser asistido por un licenciado en derecho, abogado o un Procurador de la Defensa del Trabajo.

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¿Cómo se lleva a cabo la conciliación en materia laboral?

La conciliación laboral se produce cuando existe un conflicto entre dos partes en una empresa. Esta desavenencia se puede resolver o a través del acto de conciliación, o, por otro lado, a través de un juicio. El acto de conciliación laboral siempre es preferible, pues se trata de llegar a un acuerdo entre ambas partes.

¿Qué dice el artículo 692 de la Ley Federal del trabajo?

Artículo 692. – Las partes podrán comparecer a juicio en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado.

¿Quién puede comparecer ante las comisiones de conciliación?

Las partes están obligadas a comparecer personalmente ante las comisiones de conciliación o, en caso de impedimento grave, a hacerse representar por una persona que tenga poder para negociar y concertar un acuerdo de conciliación.

¿Quién puede solicitar el diferendo en caso de fracaso de la conciliación?

Art. 256. En caso de fracaso de la conciliación, el diferendo es obligatoriamente sometido por el inspector o el director del trabajo, en el plazo de ocho días corridos, al consejo de arbitraje previsto en el presente código. Art. 81.2.

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¿Cuándo no se permite el acto de conciliación?

No se permite el acto de conciliación cuando se formulen con relación a: 1.º Los juicios en que estén interesados los menores y las personas con capacidad modificada judicialmente para la libre administración de sus bienes.

¿Quién puede intervenir en un expediente de conciliación?

En los expedientes de conciliación no será preceptiva la intervención de abogado ni procurador.