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¿Cómo estacionar moto correctamente caba?
De acuerdo al Código de Tránsito porteño, el estacionamiento debe efectuarse en la calle, en forma paralela al cordón. Esto rige tanto para los autos como para las motos, a menos que haya cartelería que indique hacerlo a 45 o 90 grados.
¿Dónde no se puede estacionar una moto?
¿Dónde se debe aparcar la moto según la ley? La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que queda prohibido estacionar “sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de los peatones”.
¿Dónde se regula el aparcamiento de las motos?
Estas normas también podrían valer en Barcelona, donde se regula el aparcamiento de las motos en la Ordenanza de Vehículos y Peatones. En Valencia, desde que entró en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad en junio de 2019, es más difícil para las motos aparcar en la acera.
¿Cuál es la distancia mínima de una moto?
También hay otras normas como que deben dejar una distancia mínima de 2 metros con respecto a los pavimentos tactovisuales (fundamentales para los invidentes) y se debe colocar la moto al menos a cinco metros de un paso de peatones.
¿Dónde se puede aparcar en la acera?
Otras ciudades en las que se puede aparcar en la acera con ciertas reglas son, entre otras, Zaragoza, Sevilla o Vigo. Entre las que no permiten esta acción están Bilbao, Alicante, Granada, Málaga, Oviedo, San Sebastián, Santander o Valladolid.
¿Cómo se regula la parada y estacionamiento de los vehículos de dos ruedas?
Sin embargo, un poco más adelante en el reglamento se especifica que «los municipios, a través de ordenanza municipal, podrán regular la parada y estacionamiento de los vehículos de dos ruedas y ciclomotores de dos ruedas sobre las aceras y paseos siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones por ella».