Que es la hipoteca judicial en Bolivia?

¿Qué es la hipoteca judicial en Bolivia?

La hipoteca debe ser inscrita sobre bienes especial e individualmente indicados y por una suma determinada en dinero. La hipoteca es indivisible y subsiste por entero sobre todos los bienes hipotecados, sobre cada uno de ellos y sobre cada una de sus partes, y garantiza toda la deuda y cada una de sus partes o saldos.

¿Cómo registrar una hipoteca?

La hipoteca debe constituirse mediante escritura y posteriormente, inscribirse en el registro de instrumentos públicos, pues éste procedimiento, acredita la validez legal del acto. Es frecuente ver, que este trámite es propio de las entidades financieras para el préstamo de créditos de vivienda.

¿Qué es una ejecución hipotecaria no judicial?

En algunos estados, el prestamista puede realizar una ejecución hipotecaria sin tener que ir al tribunal; a esto se llama «ejecución hipotecaria no judicial». Los procesos de ejecución hipotecaria llevados a cabo por el estado exigen que el/la/los prestatario (s) sean notificados acerca de los procedimientos de ejecución hipotecaria.

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¿Cuándo se admite la oposición a la ejecución hipotecaria?

OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN. En el procedimiento de ejecución hipotecaria sólo se admitirá la oposición del ejecutado cuando se funde en las causas siguientes: Extinción de la garantía o de la obligación garantizada. Se deberá presentar certificación del Registro expresiva de la cancelación de la hipoteca.

¿Cuáles son los diferentes tipos de procesos de ejecución hipotecaria?

Dependiendo del estado, el proceso de ejecución hipotecaria puede proceder de una de estas maneras: Ejecución hipotecaria judicial. Esto requiere que el proceso pase a través de un tribunal, donde el prestatario puede presentar una defensa. Ejecución hipotecaria no judicial.

¿Quién solicita la notificación de ejecución hipotecaria?

Las notificaciones podrán ser practicadas por el procurador del ejecutante que así lo solicite (art. 152 LECiv). DESPACHO DE LA EJECUCIÓN Y REQUERIMIENTO DE PAGO. Iniciado el procedimiento de ejecución hipotecaria, en el auto despachando ejecución mandará que se requiera de pago al deudor.