Cuantos anos de garantia tiene un edificio nuevo?

¿Cuántos años de garantía tiene un edificio nuevo?

Estos plazos son los siguientes: 10 años para los defectos estructurales (vigas, pilares, forjados, cimentación, muros de contención, etc.). 3 años para defectos de los elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad del edificio. 1 año para defectos de acabados.

¿Cuánto dura la garantía de un departamento?

Y contiene plazos diferenciados: diez años en el cao de fallas o defectos que afecten la estructura soportante del inmueble; cinco años cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, y tres años si existieran defectos en las terminaciones o el acabado de las obras.

¿Cuánto tiempo puede durar un defecto en un edificio?

10 años, para defectos estructurales (estructura, cimientos, etc.) y todos aquellos elementos del edificio que supongan un peligro para su estabilidad 3 años, si los defectos afectan a la habitabilidad del edificio (por ejemplo, grietas, baldosas en mal estado, humedades, filtraciones, etc.)

¿Quién será responsable de los defectos aparentes de la construcción?

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Y el constructor no será responsable por defectos aparentes, pero seguirá respondiendo y siendo responsable de los vicios ocultos, y de los pequeños defectos de acabado que aparezcan en los materiales y en la construcción. Consulta nuestra guía rápida Seguros y garantías de la construcción.

¿Cuánto dura la reparación de defectos de construcción?

Recuerda que podrás exigir la reparación de los defectos de construcción siempre que aparezcan dentro de los plazos de garantía (1 año, 3 años, o 10 años). Plazos que empiezan a contar desde la fecha en que se terminaron las obras, y que aparecerá en el acta de recepción de obra .

¿Quién debe arreglar los defectos de la obra nueva y de las viviendas?

El promotor y el constructor de un edificio, están obligados a arreglar los defectos de la obra nueva y de las viviendas que aparezcan dentro de los siguientes plazos: 10 años, para defectos estructurales (estructura, cimientos, etc.) y todos aquellos elementos del edificio que supongan un peligro para su estabilidad