Cuanto tiempo tengo derecho a la prestacion por desempleo?

¿Cuánto tiempo tengo derecho a la prestación por desempleo?

Se tiene derecho a la prestación por desempleo siempre que se haya cotizado, al menos, 360 días en los últimos seis años. No se tendrá derecho a paro si hablamos de una baja voluntaria o un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador.

¿Cuánto tiempo tengo que cotizar por desempleo?

Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.

¿Qué pasa si interrumpio un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses?

Si interrumpió un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses, tendrá que reanudarlo. No obstante, si no es la primera vez que lo suspende, tiene varios periodos trabajados y entre todos suman 360 días o más, debe solicitar una nueva prestación contributiva por desempleo.

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¿Se pueden pedir nuevas prestaciones por desempleo?

Las ayudas por desempleo no cotizan al paro, y no se pueden pedir nuevas prestaciones por desempleo gracias a las cotizaciones de una prestación por desempleo anterior.

Haber cotizado por desempleo al menos tres meses, en caso de tener responsabilidades familiares, o al menos seis meses si no las tiene, y no llegas a los 360 días cotizados. En caso de tener los 360 días cotizados, no habría ningún problema y podríamos optar a la prestación del paro.

¿Se puede tener derecho a desempleo después de una dimisión?

No, no se tiene derecho a desempleo salvo que se haya dado una baja voluntaria una mujer que sea víctima de violencia de genero. Por ello, después de una dimisión para tener derecho a desempleo, se ha de encontrar otro empleo y que éste no finalice por otra baja voluntaria o un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador.

¿Qué es el desempleo parcial?

Situación que puede ser provocado por un despido, un fin de contrato o un ERE de suspensión. Desempleo parcial, cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo y su salario, entre un mínimo de 10\% y un máximo de 70\%, siempre que exista un ERTE.