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¿Cómo hacer para que me den una incapacidad?
El procedimiento de incapacidades laborales de origen común es el siguiente:
- El trabajador, que tiene una dolencia no asociada a su trabajo, debe ver a un médico para que le expida el certificado de incapacidad.
- Luego, el trabajador debe hacer el reporte de la incapacidad al empleador.
¿Qué documentos te piden para la incapacidad?
¿Qué documentos necesito?
- Identificación oficial (INE y Pasaporte vigente)
- Documento que contenga el Número de Seguridad Social.
- Estado de cuenta bancario (No mayor a tres meses) donde aparezca claramente la cuenta CLABE interbancaria a 18 posiciones y nombre del asegurado.
¿Quién prescribe la incapacidad médica?
Quién prescribe la incapacidad médica. La incapacidad médica puede ser prescrita por cualquier médico que atienda al trabajador, pero la EPS sólo reconoce aquellas prescritas por sus médicos, tema desarrollado en el siguiente artículo. ¿Incapacidad prescriba por médico particular es válida?.
¿Quién paga las incapacidades?
En todos los casos el empleador es quien debe pagar las incapacidades al trabajador, y el empleador las cobra luego a la EPS o a la ARL según si la incapacidad es de origen común o laboral.
¿Qué pasa si hay prorroga de la incapacidad?
Si hay prorroga de la incapacidad, la EPS seguirá pagando normalmente, y el empleador no debe pagar los primeros dos días de la prórroga. El empleador paga los primeros dos días en la primera incapacidad, o cuando existe una nueva incapacidad, no una prórroga.
¿Qué es el reconocimiento de las incapacidades médicas?
El reconocimiento de las incapacidades médicas está a cargo del sistema de seguridad social, que puede ser la EPS si se trata de una incapacidad de origen común o la ARL si se trata de una incapacidad de origen laboral, y para ese reconocimiento se requiere hacer un trámite que no le corresponde al trabajador sino al empleador.