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¿Quién es el competente para la resolución de los procedimientos sancionadores cuando se trate de infracciones graves?
La potestad sancionadora será competencia de los delegados del Gobierno (artículo 73.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre). 75 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre]. Para iniciar un procedimiento sancionador resulta imprescindible la notificación al inculpado.
¿Quién es el instructor de un procedimiento sancionador?
En la práctica es instructor el equipo o unidad que inicia el expediente sancionador. Características del procedimiento sancionador en su fase de Instrucción: – Se realizarán de OFICIO cuantas actuaciones resulten necesarias para determinar, en su caso, la existencia de infracciones susceptibles de sanción.
¿Qué pasa si no se indica la sanción en un procedimiento sancionador?
En un procedimiento sancionador, si se dicta directamente resolución, omitiéndose la propuesta, y no se indica la sanción el procedimiento es nulo.
¿Qué pasa si hay sanción administrativa previa al proceso judicial?
No obstante lo anterior, ello no impide en modo alguno que, habiendo existido una sanción administrativa previa al proceso judicial, el proceso judicial continúe.
¿Cómo se clasifican las sanciones administrativas?
Las sanciones administrativas se clasifican de acuerdo a lo que establece el artículo 53 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de la siguiente forma: ARTÍCULO 53.-Las sanciones por falta administrativa consistirán en: I. Apercibimiento. II. Amonestación. III. Suspensión. IV. Destitución del Puesto.
¿Cuáles son las sanciones por falta administrativa?
Las sanciones por falta administrativa consistirán en: I. Apercibimiento. II. Amonestación. III. Suspensión. IV. Destitución del Puesto. VI. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.