Que documentos necesito para crear una sociedad anonima?

¿Qué documentos necesito para crear una sociedad anónima?

Cómo crear una sociedad anónima en Colombia

  1. Reunir la información necesaria.
  2. Definir los estatutos de la sociedad anónima.
  3. Elevar a escritura pública los estatutos.
  4. Registrar sociedad en la Cámara de Comercio.

¿Cómo se legaliza una sociedad anónima?

Para que una Sociedad sea debidamente incorporada en El Salvador, hay tres requisitos básicos, los cuales deben de ser registrados en el Centro Nacional de Registros:

  1. La sociedad debe ser constituida ante notario público;
  2. La sociedad deber obtener su matrícula de comercio;
  3. Presentar los estados financieros.

¿Cuáles son los documentos de importancia para la sociedad anónima?

Al ser una característica principal de la Sociedad Anónima, es importante contar con tres documentos, los cuales son de importancia para darle cumplimiento a lo estipulado en la ley, siendo: Títulos de acciones. (Art. 120 Código de Comercio de Guatemala)

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¿Cuándo crear una sociedad anónima?

¿Cuándo crear una sociedad anónima? Cuando quieras crear una sociedad, aunque sea de un tamaño pequeño o mediano, puedes crear una sociedad anónima. El capital social, que es la aportación inicial de dinero que hacen los socios, será mayor que una sociedad limitada, lo que dará más confianza a los acreedores.

¿Cuál es el plazo de inscripción de una sociedad anónima?

La Sociedad Anónima debe presentarse a inscripción en el plazo de 1 mes desde el otorgamiento de la escritura de constitución por el notario, y la Sociedad Limitada en el de 2 meses. El Registro Mercantil será el correspondiente al domicilio social que se hayan fijado en los Estatutos (direcciones de los Registros Mercantiles).

¿Qué es el capital autorizado de una sociedad anónima?

El capital autorizado de una sociedad anónima es la suma máxima que la sociedad puede emitir en acciones, sin necesidad de formalizar un aumento de capital. El capital autorizado podrá estar total o parcialmente suscrito al constituirse la sociedad y debe expresarse en la escritura constitutiva de la misma.