Tabla de contenido
- 1 ¿Quién inicia el procedimiento de responsabilidad patrimonial?
- 2 ¿Qué Ley regula la responsabilidad patrimonial?
- 3 ¿Dónde se regula el contenido de una solicitud de inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial a instancia del interesado?
- 4 ¿Cómo comunicar una queja o reclamación?
- 5 ¿Qué debe incluir la comunicación al reclamante?
¿Quién inicia el procedimiento de responsabilidad patrimonial?
Se inicia de oficio cuando el órgano competente entienda que se han producido lesiones en los bienes y derechos de los particulares y puede ser por propia iniciativa o por orden superior, petición razonada de otros órganos o por denuncia.
¿Qué Ley regula la responsabilidad patrimonial?
Los diferentes aspectos de la responsabilidad patrimonial se regulan tanto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, Ley 39/2015), como en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, Ley 40/2015).
¿Dónde se regula el contenido de una solicitud de inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial a instancia del interesado?
La iniciación del procedimiento administrativo a solicitud del interesado se regula en los artículos 66-69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, integrantes de la sección 3. ª («Inicio del procedimiento a solicitud del interesado») del capítulo II del título IV de la norma.
¿Cuál es la obligatoriedad de la reclamación previa?
La obligatoriedad de la reclamación previa nace en el artículo 7.1 de la LRCSCVM que establece en el párrafo 3º: 1. (…) No obstante, con carácter previo a la interposición de la demanda judicial, deberán comunicar el siniestro al asegurador, pidiendo la indemnización que corresponda.
¿Cuáles son los momentos cruciales del procedimiento de reclamación?
Se trata de uno de los momentos cruciales del procedimiento de reclamación. Se ha de valorar el contenido de la oferta, analizar que las lesiones y secuelas han sido tasadas correctamente y decidir si se acepta o se rechaza la oferta. Si se acepta, el seguro abonara la indemnización en el plazo de 5 días.
¿Cómo comunicar una queja o reclamación?
A continuación, se debe comunicar al reclamante que hemos recibido la queja o reclamación. Es decir, la confirmación de la queja o reclamación. En este punto, es importante indicar al reclamante en cuanto tiempo está estimado que se le aportará la solución.
¿Qué debe incluir la comunicación al reclamante?
Finalmente, se procede con la comunicación al reclamante, la cual debe incluir: Datos relevantes acerca de la queja, reclamación o sugerencia. Razones suficientes para la decisión que finalmente se ha tomado. Plazos de cumplimiento de la resolución.