Que ley se aplica a los directores de una sociedad anonima?

¿Qué ley se aplica a los directores de una sociedad anónima?

Cuando el Estado o sus organismos fueren titulares de acciones en una sociedad anónima, en un porcentaje tal que les permita nombrar uno o más directores, les será aplicable a éstos lo dispuesto en el Párrafo 3° del Título III de la ley N° 18.575. (7-a)

¿Quién ejerce la administración de una sociedad anónima?

ARTICULO 31º.- La administración de la sociedad anónima la ejerce un directorio elegido por la junta de accionistas. Los estatutos de las sociedades anónimas deberán establecer un número invariable de directores. La renovación del directorio será total y se efectuará al final de su período, el que no podrá exceder de tres años.

¿Qué es una sociedad anónima?

De esta manera, el artículo 87 de esta ley define a la sociedad anónima como “la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones”.

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¿Cuándo se renovará el directorio de las sociedades anónimas?

A falta de disposición expresa de los estatutos, se entenderá que el directorio se renovará cada año. El directorio de las sociedades anónimas cerradas no podrá estar integrado por menos de tres directores, y el de las sociedades anónimas abiertas por menos de cinco, y si en los estatutos nada se dijere, se estará a estos mínimos.

¿Cómo se llama la sociedad anónima?

La denominación irá seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de las siglas “S.A.”.

¿Cuál es el órgano supremo de la sociedad anónima?

El órgano supremo de la sociedad anónima es la asamblea general de accionistas. Las asambleas generales podrán ser ordinarias o extraordinarias y se reunirán en el domicilio social en los tiempos, con las formalidades y para tratar los asuntos que disponga la ley.