Que discriminacion se debe garantizar que no exista en el Estatuto de los Trabajadores?

¿Que discriminación se debe garantizar que no exista en el Estatuto de los Trabajadores?

En base al principio de igualdad ningún trabajador puede ser discriminado por razón de nacimiento, sexo, raza, religión o cualquier otra condición personal o social.

  • Marco normativo del principio de igualdad y no discriminación en las relaciones laborales.
  • Declaración Universal de Derechos Humanos.
  • Artículo 1.

¿Que discriminación se debe garantizar que no exista en los ascensos?

Se debe de garantizar la ausencia de discriminación directa o indirecta entre mujeres y hombres, pudiendo establecer medidas de acción positiva dirigidas a eliminar o compensar situaciones de discriminación.

¿Por qué los empleadores no deben discriminar?

Los empleadores no deben discriminar con respecto a la contratación, despido, reclutamiento o referido por pago contra personas a base de su lugar de nacimiento, país de origen, ascendencia, idioma nativo o acento o porque son percibidos por verse o sonar «extranjeros». IER cubre a los pequeños empleadores con más de 3 pero menos de 15 empleados.

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¿Cuál es la importancia de los empleadores para la discriminación?

Es importante para los empleadores desarrollar, implementar y aplicar políticas, prácticas y procedimientos contra la discriminación, y asegurar que todos los empleados y sus representantes autorizados que realizan la verificación del Formulario I-9 en su nombre entienden las reglas.

¿Cómo prevenir la discriminación?

Los empresarios deben prevenir situaciones de discriminación que puedan presentarse por cualquiera de estos motivos y además tomar medidas oportunas para superar las que se hayan presentado. Seleccionar trabajadores según criterios objetivos como aptitudes, capacitación, competencias, experiencia, motivación, creatividad, etc.

¿Es ilegal discriminar a un empleado por su raza o color?

Es ilegal discriminar a un empleado o a un postulante por su raza o color en lo que atañe a contratación, desvinculación, ascenso, remuneración, capacitación, o cualquier otra condición o privilegio de empleo.