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¿Cuánto tiempo debe pasar para tramitar mi ayuda por desempleo?
46 días
Tener al menos 46 días en situación de desempleo. Tener una Cuenta Individual registrada en una AFORE. No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
¿Cómo saber si ya puedo solicitar la ayuda por desempleo?
Para realizar el “Retiro por Desempleo” móvil el trabajador debe tomar en cuenta lo siguiente:
- Haber cotizado al IMSS al menos 2 años.
- Tener una Cuenta AFORE con al menos 3 años de antigüedad.
- Tener 46 días naturales sin empleo.
- No haber realizado este Retiro en los últimos 5 años.
¿Qué derechos y obligaciones tiene durante el periodo de prueba?
Durante ese período de prueba, tanto el empresario como el trabajador, van a gozar de los mismos derechos y van a estar sujetos a las mismas obligaciones que si existiera un contrato definitivo. Asimismo, estarán ambos obligados a realizar las experiencias que constituyan el objeto de la prueba.
¿Cuánto tiempo se tarda en contestar un recurso de reposición?
Así pues, la administración tiene la potestad de contestar o no a su recurso de reposición y tiene de plazo un mes para hacerlo. En caso de no hacerlo, su recurso de reposición se entenderá desestimado.
¿Cuánto tarda en llegar la tarjeta de débito delseguro de desempleo?
Lleva por lo menos tres semanas para que se procese una solicitud para beneficios del Seguro de Desempleo y se emita el pago a la mayoría de los trabajadores elegibles. Cuando su primer pago de beneficios esté disponible, recibirá una tarjeta de débito por correo postal.
¿Cuánto tiempo se tarda en recibir el permiso de trabajo?
Si tienes suerte, tomará solo un mes, aunque muchos usuarios reportan que les ha tardado hasta 3 meses en recibir el permiso de trabajo. De hecho, parece que recientemente los tiempos para procesar documentos de autorización de empleo se han vuelto mucho más lentos.
¿Cuándo se desestima el recurso de reposición?
Esto viene contemplado en el artículo 96.5 RDL 6/2015 y dice lo siguiente: «El recurso de reposición regulado en este artículo se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.»