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¿Cuándo se utiliza un acuse de recibo?
El acuse de recibo o justificante de recepción es un servicio complementario ofrecido por las administraciones postales para certificar la entrega de un artículo enviado por correo.
¿Cuando el iniciador recepcione acuse de recibo?
Cuando el iniciador recepcione acuse recibo del destinatario, se presumirá que éste ha recibido el mensaje de datos. Esa presunción no implicará que el mensaje de datos corresponda al mensaje recibido.
¿Qué es el iniciador en correo electrónico?
Prevé la disposición que si el iniciador (quien envía el mensaje), ha solicitado o acordado con el destinatario que se acuse recibo del mensaje de datos, se considerará que el mensaje de datos no ha sido enviado en tanto que no se haya recepcionado el acuse de recibo.
¿Cuáles son los usos de un acuse de recibo?
Otro de los usos de un acuse de recibo se puede ver comúnmente en las comunicaciones electrónicas. Cuando se envía una información importante a través de un correo electrónico, el remitente querrá asegurarse de que esta ha llegado a su destino.
¿Qué es un recibo y para qué sirve?
Un recibo es la herramienta adecuada para amparar y dejar asentadas las transacciones que tienen lugar en algún proceso comercial. De esta forma se comprueba, para el emisor y para el receptor de un producto o servicio, que las obligaciones…
¿Qué datos se deben incluir en el recibo de un bien?
Datos personales de quien entrega: se deben incluir los datos de la persona que entrega el bien por el que se acusa el recibo. Si se trata de una empresa o compañía, los datos fiscales de esta se deben incluir. Datos de quien recibe: de igual manera se deben incluir los datos de la persona o empresa que recibe el bien.
¿Cómo recuperar los comprobantes oficiales de los avisos de recibo?
Pueden recuperar los comprobantes oficiales de los avisos todas las personas físicas y morales en cualquier momento, ingresando con la e.firma (antes FIEL) y la respectiva contraseña. Pasos para reimprimir Acuses del SAT Para obtener los acuses de recibo, puedes hacerlo desde el Portal del SAT.