Cual es la edad minima para celebrar contrato de trabajo?

¿Cuál es la edad minima para celebrar contrato de trabajo?

Artículo 32: Capacidad. Las personas desde los dieciocho (18) años, pueden celebrar contrato de trabajo. Las personas desde los dieciséis (16) años y menores de dieciocho (18) años, pueden celebrar contrato de trabajo, con autorización de sus padres, responsables o tutores.

¿Qué sucede con los menores de 14 años?

Los jóvenes de 14 a 18 años se pueden emplear con el consentimiento de sus padres o tutor. Los menores de edad tienen derecho a la misma remuneración que un adulto por un trabajo similar y jornada de trabajo equivalente. El empleador debe obtener un certificado médico previo a la contratación de un menor de edad.

¿Cómo contratar un menor de edad en una empresa?

Debe tenerse presente que se requiere autorización del inspector de trabajo para poder contratar a un menor de edad, por lo que se supone que esta entidad debe estar vigilante para que se le respeten todos los derechos a ese menor de edad respecto al que ha extendido la autorización para trabajar.

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¿Qué pasa si se celebra un contrato de trabajo con un menor de 16 años?

La autorización se dará por la autoridad laboral y deberá constar por escrito y para actos determinados. Por tanto, si se celebrara un contrato de trabajo con un menor de 16 años sería nulo, sin perjuicio del derecho del menor de percibir el salario correspondiente al trabajo realizado.

¿Quién puede contratar un contrato de trabajo?

En el artículo 7, bajo el título de Capacidad para contratar, establece que podrán contratar la prestación de su trabajo: Los mayores de 16 años, si éstos son menores de 18 años, podrán firmar un contrato de trabajo siempre con el consentimiento expreso de alguno de sus padres o tutores, ya sea persona física o institución.

¿Qué hacer si un menor puede firmar un contrato?

Si un menor puede firmar un contrato, puede igualmente demandar en caso de tener problemas con la empresa, por lo que podrá hacer todas las acciones legales necesarias. En el caso de menores de 16 años, son los padres o tutores legales quienes tienen la capacidad de llevar a cabo las acciones legales que se tengan que hacer por la relación laboral.

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¿Cuáles son los contratos de trabajo laborales?

Contratos de trabajo laborales El artículo 6 del Estatuto de los Trabajadores (ET) es el encargado de regular el acceso a un puesto de trabajo en España por menores de edad. El mismo prevé: La prohibición de trabajar los menores de 16 años.