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¿Cómo se celebra un contrato de compraventa?
La partes pueden manifestar su voluntad de celebrar el contrato de forma expresa esto es, de forma verbal, por escrito, por medios electrónicos, ópticos, por cualquier tecnología o por signos inequívocos.
¿Cuál es el objeto de la compra?
El objeto de la compraventa puede ser un bien mueble o bien inmueble, derechos reales o de crédito. No puede ser el dinero y servicios. El vendedor y el comprador pueden ser personas físicas o personas jurídicas.
¿Quién puede otorgar el contrato de compraventa?
El menor no emancipado: no puede otorgar por sí el contrato de compraventa, tanto si actúa como vendedor como comprador; deberá, en su caso ser otorgada la compraventa por su representante legal (o sea el titular/es de la patria potestad y en su defecto el tutor y además con los requisitos legales).
¿Cómo se entiende la compraventa?
Se entiende constituida la compraventa en el momento en el que se llega al acuerdo de la entrega y el precio, no hace falta que se haya entregada para que se entienda perfeccionada la compraventa. Oneroso: Es decir, que no es gratuito, sino que se paga un precio.
¿Por qué el contrato de compraventa se perfecciona por el consentimiento?
Es por ello que el contrato de compraventa se perfecciona por tal consentimiento al ser puramente consensual y no precisa de la entrega del precio ni de la cosa para su perfección aunque sí para su consumación.». © mundojuridico.info – El contrato de compraventa se perfecciona por el consentimiento.
¿Cuáles son las características de un contrato de compraventa?
Las características que tiene este contrato de compraventa son: Oneroso: Es decir, que no es gratuito, sino que se paga un precio. Bilateral: Se crean obligaciones y derechos para ambas partes del contrato. Es un contrato que permite la libertad de forma.