Como hago para acogerse a la Ley de insolvencia?

¿Cómo hago para acogerse a la Ley de insolvencia?

Para acogerse a la Ley de Insolvencia la persona debe presentar una solicitud escrita ante un Centro de Conciliación autorizado para este efecto por el Ministerio de Justicia o ante las notarías para que, a través de un conciliador inscrito en sus listas, se adelante el proceso de negociación respectivo.

¿Cómo se inicia el proceso de insolvencia?

La solicitud de admisión a un proceso de insolvencia deberá hacerse directamente por el deudor o el acreedor o por su apoderado, el cual deberá ser abogado. De la solicitud deberá efectuarse presentación personal, ante la Superintendencia de Sociedades o ante cualquier despacho judicial.

¿Cuándo se puede declarar en quiebra?

Las personas pueden declararse en quiebra las veces que quieran, siempre y cuando hayan pasado al menos cinco años entre un procedimiento y otro. O sea que si tú te declaras en quiebra este año 2018, lo podrás volver a hacer -de ser necesario- a contar del año 2023.

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¿Cómo se declara una empresa en quiebra?

Cuando una empresa se declara legalmente en quiebra se abre un procedimiento concursal en virtud del cual se realiza una valoración del activo de la empresa y se satisfacen en la medida de lo posible el pago de las deudas. Una vez se haya liquidado la sociedad, se procede a pagar las deudas pendientes y la empresa se diluye, echando el cierre.

¿Quiénes pueden acogerse a la nueva ley de quiebras?

Desde hace cuatro años que en Chile existe la Ley N°20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento más conocida como la nueva Ley de Quiebras, una legislación que permite que -además de las empresas- personas comunes y corrientes puedan declararse en quiebra. ¿Quiénes pueden acogerse a esta ley?

¿Cuándo se considera que una empresa entra en quiebra técnica?

Pero, ¿cuándo se considera que una empresa entra en quiebra técnica? Una quiebra técnica supone una situación patrimonial negativa, es decir, un estado en el que el valor en libros del activo es inferior al pasivo exigible, tanto a corto como a largo plazo.