Cuales son los efectos de la prescripcion?

¿Cuáles son los efectos de la prescripción?

La prescripción es una figura que se destaca por el transcurso del tiempo, ya que produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de derechos o adquisición de cosas ajenas.

¿Cuál es el plazo general de la prescripción?

Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.»

¿Cuándo se puede modificar una demanda?

Esto solo estará permitido en caso de que hayan ocurrido sucesos nuevos. Siempre que estos se acojan a las reglas procesales. Una demanda puede ser modificada, pero no en todos los casos. La modificación puede deberse a un cambio repentino o sorpresivo de los hechos constitutivos o de la fundamentación fáctica.

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¿Por qué no se puede ampliar una demanda?

Esto se debe a que, según la ley, no se puede modificar una parte fundamental de la demanda, ya que cambiaría por completo el proceso judicial. Que se limite la ampliación de una demanda, se debe, en primer lugar, al hecho de que la parte demandada tiene derecho a la defensa.

¿Cuáles son los hechos que podrían constituir una modificación en la demanda?

El propio carácter que se requiere a los hechos que podrían constituir una modificación en la demanda hace, en la mayoría de ocasiones, que estos puedan entenderse como una mera matización de la misma. Esto se debe a que, según la ley, no se puede modificar una parte fundamental de la demanda, ya que cambiaría por completo el proceso judicial.

¿Cuáles son los requisitos para presentar una demanda?

Así la demanda es escrita deberá de reunir los requisitos que el artículo 255 del CPCDF ordena deben cubrir para tal efecto; y si la demanda es oral vía comparecencia en juzgado, tendrá que levantarse un acta circunstanciada en la cual se hagan constar los hechos, las prestaciones reclamadas y en contra de quien va dirigida. 4.2.