Que es la exhibicion documental?

¿Qué es la exhibición documental?

Son actuaciones procesales encuadrables en las diligencias preliminares, de cuyo proceso pueden constituir objeto.

¿Cómo y dónde se admite la prueba documental?

En Derecho, la prueba documental es uno de los medios disponibles para demostrar la veracidad de un hecho alegado. Esto por cuanto la información que consta en documentos o escritos puede ser valorada por un juez como muestra veraz de la autenticidad de un hecho.

¿Cómo se ofrece una prueba superveniente en materia civil?

En conclusión, para que una prueba pueda calificarse de superveniente, es elemental acreditar en el juicio que no se conocía y que NO fue posible contar con ella en la fecha de presentación de la demanda o del inicio de la fase probatoria, para que encuadre en el principio legal de que A LO IMPOSIBLE NADIE ESTÁ …

¿Cómo puedo recibir copia de algunos documentos en los expedientes judiciales?

Sí. La persona que interese recibir copia de algunos de los documentos en los expedientes judiciales, debe completar un formulario titulado Solicitud de Servicios de Documentos (OAT 85) y pagar los sellos de rentas internas correspondientes.

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¿Cuánto cuesta la copia de un expediente judicial?

En los casos de naturaleza civil, la búsqueda y el manejo del expediente judicial, y la copia de la primera página cuesta $6.00 como cargo básico, más 60¢ por cada página adicional, independientemente que se solicite copia simple de más de un documento o copia simple de la totalidad del expediente judicial. La certificación cuesta $1.00 adicional.

¿Cuándo se puede tramitar un juicio?

II. De treinta días siguientes a aquél en el que surta efectos la notificación de la resolución de la Sala o Sección que habiendo conocido una queja, decida que la misma es improcedente y deba tramitarse como juicio.

¿Cómo se remite el expediente administrativo?

La remisión del expediente administrativo no incluirá las documentales privadas del actor, salvo que las especifique como ofrecidas. El expediente administrativo será remitido en un solo ejemplar por la autoridad, el cuál estará en la Sala correspondiente a disposición de las partes que pretendan consultarlo. VI.