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¿Cómo exigir rendición de cuentas?
Los principales mecanismos y procedimientos existentes de rendición de cuentas incluyen la presentación anual del informe de gobierno sobre el estado de la administración pública y la comparecencia de miembros del poder ejecutivo estatal ante el Congreso local; la presentación y aprobación anual de la ley de ingresos y …
¿Qué es obligación de rendir cuentas?
La obligación de rendir cuentas se justifica porque el mandatario no obra por su cuenta, sino por cuenta del mandante. El mandante debe ser enterado de la forma cómo se han gestionado sus negocios. La misma obligación tienen los albaceas, guardadores y secuestres.
¿Qué juez conoce del proceso de rendición de cuentas?
“12. De los procesos sobre rendición de cuentas conocerá también el juez que corresponda al centro principal de la administración.”
¿Qué es la rendición de cuentas en materia civil?
Es la obligación más característica de las que asume el mandatario frente al mandante, comprendiendo, entre otros, el deber de dar cuenta del cumplimiento del mandato y el de resarcimiento de los daños causados al mandante. …
¿Qué es la rendicion espontánea de cuentas en Colombia?
La rendición espontánea de cuentas. Es la hipótesis en la que aquél que debe rendir cuentas a otro, pero que no ha podido rendírselas con anterioridad al proceso, acude al juez para expresar bajo la gravedad del juramento cuales son esas cuentas, la razón de ellas y en su caso, el monto del saldo a su cargo.
¿Quién puede exigirle rendición de cuentas?
Pueden exigirle rendición de cuentas aunque no lo hayan hecho nunca, para ello deben interponer demanda ( cualquiera de los coherederos), que exige la firma de abogado y procurador. Le voy a dejar una sentencia que le resultará de gran interés.
¿Qué es un apoderado?
Un apoderado es una persona a la que otra le otorga facultades para realizar actos jurídicos o trámites en su nombre y por su cuenta. Todo ello se formaliza mediante un documento de apoderamiento o poder.
¿Cuál es la responsabilidad del apoderado?
El apoderado rinde cuentas de sus actuaciones al administrador y no a la Junta, y la ratificación por el administrador de un acto realizado por el apoderado, entendemos que le exonera de responsabilidad.
¿Cómo se acredita el apoderamiento?
El apoderado, para ejercer la representación, debe acreditar su nombramiento mediante el documento por el que se otorgó el apoderamiento o una copia autorizada del mismo.