¿Que nos ofrece el pagaré?
El pagaré a la orden es un título de crédito o título valor, que incorpora la promesa de pago pura y simple de una suma específica de dinero, a una persona determinada. En el pagaré intervienen dos partes: el suscriptor, quien se obliga al pago mediante su firma; y, el beneficiario: a quien se debe el pago.
¿Cómo se emiten los pagarés?
Pagaré no bancario: Es emitido por una empresa particular no bancaria, y puede incluir la domiciliación bancaria para el cobro. Pagaré bancario: Es un documento emitido por una institución bancaria, tienen formatos independientes, la mayoría es parecido a un cheque.
¿Por qué es importante el pagaré?
Este documento es el más utilizado para respaldar operaciones de compra-venta y para préstamos personales, y deberán liquidarse a una fecha determinada. El pagaré tiene como característica la acción cambiaria, que se refiere a que a cambio del pago se devolverá al suscriptor el documento.
¿Cuál es la importancia contemporanea del pagaré?
Ante el cotidiano empleo del pagaré en el mundo bancario, bursátil, asegurador, afianzador, y en general, comercial de todo tipo, sin olvidar que también es utilizado como forma de documentación de obligaciones estrictamente civiles.
¿Qué es el pagaré y cómo funciona?
El pagaré es un documento con posibilidad de circular de mano en mano sin que este pierda su validez. Es decir, el acreedor o persona que deba recibir el dinero del pago será la persona que posea el pagaré, independientemente de si es su nombre o no el que figura en el papel como persona suscriptora.
¿Cuáles son los requisitos del pagaré?
Requisitos del Pagaré. El contenido que debe tener un pagaré de conformidad con la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, es el siguiente. La mención de ser pagaré inserta en el texto del documento. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago.
¿Cómo se cobran los pagarés?
Pagarés para abonar en cuenta: estos solo podrán ser abonados en cuenta bancaria. Pagarés cruzados: la única forma de cobrar estos pagarés es mediante un abono en cuenta o por ventanilla, si se es cliente de la entidad librada. Si no son de ninguno de los dos tipos anteriores, se pueden cobrar directamente.
¿Cómo se formaliza el pagaré?
Básicamente, el pagaré se formaliza con dos partes representadas: El deudor o librado, que es quién emite el documento y se compromete a pagar la suma estipulada. También se denomina tenedor. El acreedor o librador, que actúa como beneficiario y tiene el poder de cobrar la deuda en la fecha de su vencimiento.