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¿Cuánto puedo ingresar al mes sin declarar?
3.000 euros, límite serio para Hacienda Por su parte, todo ingreso o pago con billetes de 500 euros también está muy vigilado por Hacienda y como tal puede solicitar un justificante por ello.
¿Quién pide el depósito legal?
En primer lugar el editor o, en su caso, el productor tiene que solicitar un número de depósito legal en la Oficina de la provincia donde tenga el editor la residencia o sede social. La relación de estas Oficinas puede encontrarse en este mismo sitio web.
¿Cómo sacar el depósito legal?
La Oficina de Depósito Legal se encuentra ubicada en la Biblioteca Regional de Madrid Joaquín Leguina (C/ Ramirez del Prado, 3. 28045. Madrid). Se puede contactar con la Oficina de 9 a 14 h. de lunes a viernes, a través de los teléfonos 91 720 89 11 y 91 720 89 18, del fax 917208912, o por correo electrónico.
¿Qué es un depósito especial?
Depósito s especiales. A. Depósito irregular. Es aquel que recae sobre cosas fungibles, cuya propiedad adquiere el depositario quedando éste obligado a restituir no la misma cosa recibida sino otro tanto de la misma especie y calidad (v. gr., depósito de dinero ).
¿Qué es un depósito?
¿Qué es un depósito? En numerosas ocasiones te habrás hecho un contrato de depósito para almacenar un bien en algún lugar habilitado para ello, aunque no lo sepas. ¿No te lo crees? Dejar tu coche en un parking público o una bolsa en la taquilla del gimnasio son contratos de depósito.
¿Cuál es la obligación del depósito?
La obligación esencial y principal del depósito consiste en conservar la cosa en el mismo estado en que se dejó, no debiendo confundirse con el depósito de otros tipos de contratos (como, por ejemplo, el que se realiza en el contrato de compraventa).
¿Cuáles son los requisitos para dar algo en depósito?
Para dar algo en depósito no se exige ser propietario de la cosa depositada, como se infiere de los artículo s 1.771 y 1.773. – Para el caso de incapacidad del depositante, el deponente queda sujeto a todas las obligaciones derivadas de contrato (cfr. art. 1.764).