Tabla de contenido
- 1 ¿Cómo se conforman las juntas de vecinos?
- 2 ¿Cuántos órganos componen una comunidad de propietarios?
- 3 ¿Cuáles son los órganos de la comunidad?
- 4 ¿Cómo denunciar a la Junta de Vecinos?
- 5 ¿Cuáles son los requisitos para ser miembro de una Junta de vecinos?
- 6 ¿Qué son las Juntas de vecinos?
- 7 ¿Quién elige la directiva de la Junta de vecinos?
¿Cómo se conforman las juntas de vecinos?
¿Cómo se organiza una junta de vecinos? Cada junta de vecinos puede tener la organización que más le acomode, de acuerdo a sus estatutos. Sin embargo, debe haber un directorio compuesto por al menos tres miembros entre los que debe haber un presidente, un tesorero y un secretario.
¿Cuántos órganos componen una comunidad de propietarios?
Los Órganos de Gobierno en una comunidad de propietarios, son aquellos órganos personales que ejecutan los acuerdos emanados desde la Junta de Propietarios. Estos Órganos son Presidente, Vicepresidente, Administrador y Secretario.
¿Quién fiscaliza las juntas de vecinos?
Artículo 35. – La supervigilancia y fiscalización de las Juntas de Vecinos y de las Organizaciones Comunitarias en general, corresponderá al Ministerio del Interior.
¿Cuáles son los órganos de la comunidad?
Para la organización y régimen de la Comunidad, la Comunidad se estructura y cuenta con los siguientes órganos:
- La Asamblea General o Junta General. (Función Legislativa).
- La Junta de Gobierno. (Función Ejecutiva).
- El Jurado de Riegos. (Función Judicial).
¿Cómo denunciar a la Junta de Vecinos?
Diríjase a alguna oficina regional de la Contraloría General de la República. Explique el motivo de su visita: realizar una denuncia o sugerencia de fiscalización mediante el programa Contraloría y ciudadano. Como resultado del trámite, habrá realizado una denuncia o habrá solicitado una fiscalización.
¿Quién dirige la comunidad?
El presidente es un copropietario que ostenta legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que le afecten.
¿Cuáles son los requisitos para ser miembro de una Junta de vecinos?
Para ser miembro de una junta de vecinos se requiere tener, a lo menos, 14 años de edad y contar con residencia en la unidad vecinal respectiva.
¿Qué son las Juntas de vecinos?
Las juntas de vecinos se constituyen y desarrollan sus funciones en una unidad vecinal, que corresponde al territorio, determinado en conformidad con la ley, en que se subdividen las comunas, para efectos de descentralizar asuntos comunales y promover la participación ciudadana y la gestión comunitaria.
¿Cuál es la personalidad jurídica de las Juntas de vecinos?
En Chile, las juntas de vecinos poseen personalidad jurídica propia, y pueden colaborar con las autoridades del Estado y de las municipalidades .
¿Quién elige la directiva de la Junta de vecinos?
Esta comisión organizará la elección de la directiva de la junta de vecinos con la presencia del delegado del ayuntamiento que también tomará los datos de la investigación y los plasmará en una acta constitutiva.
https://www.youtube.com/watch?v=3iR_PCUiZXQ