Donde se guardan los bienes embargados?

¿Dónde se guardan los bienes embargados?

Artículo 153. . – Los bienes o negociaciones embargados se podrán dejar bajo la guarda del o de los depositarios que se hicieren necesarios.

¿Qué se hace con los bienes embargados?

Los bienes muebles embargados pasarán al juzgado, quien será depositario hasta que se ejecute la sentencia. En el caso de embargo de bienes inmuebles, se registrará la condición de embargados, a fin de que sea de conocimiento de terceros. Así constará en todos los registros, y de este modo se evitará una posible venta.

¿Quién administra los bienes embargados?

La autoridad fiscal designará depositario de los bienes embargados, que puede ser incluso el propio contribuyente, no obstante ello, la autoridad fiscal dentro del término y de conformidad con las disposiciones legales ordenará la remoción de depositario.

LEA TAMBIÉN:   Que es el bocio a causa de que mineral se produce?

¿Cómo se realiza la venta de bienes embargados?

Un inmueble embargado, para efectos de la compraventa, por manifestación legal, se tiene como si estuviera fuera del comercio y, consecuentemente, se constituye en objeto ilícito de la venta que se procura realizar; salvo, como ya se dijo, exista la autorización de la Ley o la del acreedor del bien embargado.

¿Qué pasa con los bienes embargados?

¿Qué pasa con los bienes embargados? Un embargo constituirá una garantía en favor del acreedor y en perjuicio de un deudor.

¿Cuáles son los bienes embargables?

Son bienes embargables en el proceso civil de ejecución aquellos que constituyen el patrimonio del deudor y que no tengan la consideración de bienes inembargables, los cuales no admiten la posibilidad de embargo.

¿Cuál es el carácter perecedero de los bienes embargados?

Esto es así salvo que acontezca un supuesto de fuerza mayor o, en su defecto, los bienes embargados sean de carácter perecedero.

LEA TAMBIÉN:   Como curar una herida infectada cerrada?

¿Se puede comprar un bien embargado al dueño?

La respuesta es afirmativa, porque sólo puedes comprar el bien embargado al dueño, y por supuesto este puede vender. El problema no es si se puede comprar, sino cómo comprarla y qué precaución has de tomar para ello.