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¿Cuándo prescribe Seguridad Social?
Plazo de prescripción de las deudas con la Seguridad Social Las deudas con la Seguridad Social prescriben a los 4 años. Cuando la deuda prescribe ya no estás obligado a pagar.
El término de prescripción de las prestaciones sociales es de 3 años, pero por la fecha en que se hacen exigibles cambia su conteo, toda vez que el trabajador no las puede exigir judicialmente sino cuando ha surgido la obligación del empleador de pagarlas o reconocerlas.
¿Cuándo caducan las prestaciones de Seguridad Social?
La caducidad de las prestaciones de Seguridad Social La Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho a percibir prestaciones a tanto alzado y por una sola vez caduca al año, a contar desde el día siguiente al de haber sido notificada en forma al interesado su reconocimiento.
¿Qué pasa si un trabajador fue calificado de gran inválido?
Si el trabajador fuese calificado de gran inválido, tendrá derecho a una pensión vitalicia, en los términos establecidos para la Incapacidad Permanente Absoluta, pero incrementándose su cuantía con un complemento, destinado a que el inválido pueda remunerar a la persona que le atienda.
¿Cuándo no se aplica el requisito de invalidez?
Este requisito no se aplica cuando la invalidez se deriva de accidente, sea o no laboral, o de una enfermedad profesional. (Ver Acción Protectora de la Seguridad Social)
¿Cuándo se prescribe el derecho al reconocimiento de las prestaciones de Seguridad Social?
1. La prescripción al reconocimiento de las prestaciones de Seguridad Social. La Ley General de la Seguridad Social establece que el derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribe a los cinco años. No obstante, de esta regla se exceptúa la pensión de jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares.