Cuales son las prestaciones en especie del Seguro Social?

¿Cuáles son las prestaciones en especie del Seguro Social?

En especie: asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. En dinero: pensiones temporales o definitivas (con una pensión mínima garantizada por el Gobierno Federal), asignaciones familiares y ayuda asistencial. Beneficiarios del asegurado o del pensionado, a la muerte de estos.

¿Qué son las prestaciones en especie en derecho laboral?

Prestaciones en Especie: Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo de 52 semanas para el mismo padecimiento (Art. 91 Ley del Seguro Social).

¿Cuáles son las prestaciones en especies que otorga la Ley de riesgo del trabajo?

Las prestaciones en especie enumeradas son: a) asistencia médica y farmacéutica; b) prótesis y ortopedia; c) rehabilitación; d) recalificación profesional; y e) servicio funerario. Las tres prestaciones en especie mencionadas en primer término deben otorgarse desde la denuncia de la contingencia.

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¿Qué son las prestaciones sociales?

Es lo que debe el empleador en dinero, especie, servicios y otros beneficios al trabajador para cubrir los riesgos o necesidades que se originan durante la relación de trabajjo o con motivo de la misma.

¿Qué es una prestación y qué tipos de prestaciones existen?

Las prestaciones de trabajo son beneficios adicionales a los que el trabajador se hace acreedor al pertenecer a una empresa. Su objetivo, es que siempre estén orientadas a mejorar la condición de vida de los trabajadores, reducir sus gastos y otorgarle recursos que propicien su desarrollo cultural y social.

¿Qué son las prestaciones en especie?

¿A qué denominamos prestaciones en especie? Las ART son las encargadas de brindar la asistencia médica primaria y los auxilios necesarios desde que el trabajador sufre un siniestro y durante el proceso de recuperación y convalecencia.

¿Qué es la mejora de las prestaciones de la Seguridad Social?

Mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social: únicamente están exentas de formar parte de la base de cotización las cantidades que sean mejora de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas.

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¿Qué prestaciones recibirá un asegurado que sufra un riesgo de trabajo?

Conforme al artículo 56 de la LSS, el asegurado que sufra un riesgo de trabajo recibirá las siguientes prestaciones en especie: a).- Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica. b).- Servicio de hospitalización. c).- Aparatos de prótesis y ortopedia.

¿Cuáles son los subsidios de un asegurado que sufra un riesgo de trabajo?

El asegurado que sufra un riesgo de trabajo recibirá subsidios mientras dure la incapacidad y una pensión cuando se califique. La persona preferentemente familiar del asegurado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, se le cubrirá los gastos funerarios.